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22-02-2009 |
Sistema argentino. "El Estado es el responsable de la reparación económica" a víctimas
Víctor Carrato
La legislación reparatoria en el vecino país cumple 18 años
Dr. Romero. El integrante de la Secretaría de DDHH de la Argentina, con LA REPUBLICA.
Las leyes reparatorias se remontan al año 1991, después de una serie de reclamos que arrancan en 1983, impulsadas por los organismos defensores de los DDHH y por las propias víctimas.
Fue un proceso novedoso para la Argentina. Cualquier indemnización supone una ley previa que permita presentarse ante la justicia y reclamar, pero en el caso de Argentina no se pudo dar por la forma, la duración y la atrocidad de la dictadura. Mucha gente volvió al país, pero ni siquiera hasta 1988-89 había seguridad para realizar algún tipo de reclamo. La gente tenía mucho miedo. Hubo levantamientos militares en esa época.
--¿Cuál es el universo de las personas que pueden ser reparadas?
--La primera ley que se sancionó fue para los presos políticos. El segundo universo es los desaparecidos y los fallecidos, cuyos beneficiarios son aquellos que la justicia civil designe como herederos.
--¿Cómo se justifica la reparación?
--Porque el Estado cometió una violación a un derecho, como el derecho a la vida, en el caso de los desaparecidos y fallecidos, el derecho a la libertad en el caso de los detenidos. Las fuerzas de seguridad, como parte del Estado lesionaron o restringieron derechos y el Estado es el responsable de la reparación económica. Las personas físicas, integrantes de los aparatos de seguridad, son responsables desde el punto de vista penal y deben responder ante la justicia por los delitos cometidos.
--Las leyes de reparación ¿se producen antes del inicio de la tendencia internacional de la justicia?
--Se produjo después. El sistema reparatorio argentino, que ahora es muy amplio, lleva muchos años como algo propio del Estado, pero fue generado por el accionar de los organismos de defensa de los DHH, por la sociedad apoyándose en el Derecho de Gentes, en el Derecho Internacional. Argentina fue precursor en América Latina y es previo a los juicios del Tribunal de La Haya por los temas de la ex Yugoslavia, pero esto tiene sus antecedentes en el Tribunal de Nüremberg.
--¿Estamos hablando de reparación monetaria?
--Sí, la reparación es económica porque siempre la reparación en la fase individual tiende a serlo. Después el Estado argentino, que es pionero en reparaciones, creó el Espacio para la Memoria en lo que fue el centro más grande clandestino de detención que es la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) que representa una reparación de tipo colectivo.
--¿Cómo se miden los grados de reparación?
--Se mide por el tipo de derecho lesionado y no por la afectación personal que pueda haber sufrido la víctima o su familia. Si el derecho lesionado fue la libertad, como en los detenidos, se les paga una indemnización por día de detención que equivale al mayor salario dentro del empleo público dividido por 30 para cada día de detención. En la actualidad estamos hablando de 129 pesos diarios (casi US$ 37), lo que hace un total de US$ 1.110 mensuales aproximadamente. En el caso de los desaparecidos y los fallecidos son 60 sueldos mensuales del máximo escalafón del empleo público. Esta cifra anda en alrededor de 9.000 pesos argentinos (unos US$ 2.570 cada sueldo y un total de US$ 154.200). El sistema de reparación argentino se fue ampliando y mejorando a los exiliados.
--¿Qué sucede en el caso de los niños que reencuentran su verdadera identidad?
--Esa fue la última ley (Nº 25.514), demorada pero muy importante del año 2004. Se aprueba trece años después de la ley Nº 23.013, que fue la primera. Indemniza a aquellas personas que al momento de los hechos eran menores de 18 años y fueron detenidos con relación a sus padres, o que nacieron en cautiverio y que en cualquier caso haya un agravante de sustitución de identidad, es decir que hayan sido apropiados. También está previsto un incremento de la indemnización, así como por lesiones, con un aumento puede llegar a un 50 % más y el incremento por sustitución de identidad permite cobrar una suma similar a la que establece la ley de desaparecidos y fallecidos (60 sueldos mensuales del máximo escalafón del empleo público). Ahora hay otras cuestiones que están en el ámbito del Poder Legislativo para discutir otros beneficios.
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